Nuevas medidas: qué se pueden hacer y qué no en Mendoza a partir de este miércoles

El Gobierno "reajustó" las restricciones por la pandemia: esto dice el Decreto publicado por el Boletín Oficial.

El gobernador Rodolfo Suarez anunció que desde este miércoles comenzarían a regir nuevas medidas en la provincia. Con el decreto publicado en el Boletín Oficial, la nueva normativa quedó vigente.

A partir de hoy, las compras en locales comerciales ya no se regirán por la terminación del DNI, el horario de alerta sanitaria se extenderá de 00.30 a 05.30 y las reuniones familiares y sociales fueron habilitadas hasta un límite de 10 personas.

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De cara a las vacaciones de invierno, el Gobierno de Mendoza busca "flexibilizar" lo que la condición epidemiológica más le permita: "Resulta necesario buscar un razonable equilibrio entre las diversas actividades económicas, la situación epidemiológica y la capacidad de respuesta del sistema de salud", reza el documento oficial publicado por el Poder Ejecutivo.

Es decir, a partir de los próximos días está planeado permitir nuevas actividades acorde a la situación sanitaria y a las necesidades económicas de los distintos sectores, sobretodo el turístico. 

"Que durante el mes de julio tienen lugar las denominadas "vacaciones de invierno", circunstancia que puede permitir la reactivación de diversos sectores, como el turístico y el comercial, atento la mayor demanda que se produce de los servicios y productos, lo que permitiría obtener un alivio a la delicada situación económica producto de la pandemia", se lee en el Decreto.

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Por ahora, queda prohibida la circulación durante el toque de queda. Pero, según deja ver el documento oficial, la situación podría cambiar de cara al avance de la campaña de vacunación.

 "En igual sentido las restricciones horarias, que han demostrado su utilidad para disminuir la circulación de las personas con el consecuente impacto en la transmisión del virus, son pasibles de ajustes por las circunstancias descriptas y la situación epidemiológica de la Provincia fruto del avance de la campaña de vacunación", sostiene el Gobierno.

Pasando en limpio: estas son los cambios en las restricciones, según el Boletín Oficial

Artículo 1º - Dispóngase en el marco del estado de "alerta sanitaria" declarado por Decreto Acuerdo Nº847/2020, la restricción de la circulación de personas en el ámbito territorial de la Provincia de Mendoza, entre las 00.30 y las 05.30 horas de cada día.

Artículo 2º - Suspéndase desde la vigencia del presente decreto, la restricción impuesta por el artículo 3º del Decreto Acuerdo Nº 605 de fecha 13 de Mayo de 2021, en cuanto a la terminación del número de Documento Nacional de Identidad para las compras en comercios y reservas en restaurantes.

Artículo 3º - Habilítese en todo el ámbito territorial de la provincia la realización de reuniones sociales, hasta un máximo de diez (10) personas, debiendo asegurar el estricto cumplimiento de los protocolos sanitarios vigentes.


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