Segunda ola: restringen el ingreso al Poder Judicial
Debido al incremento de casos de COVID-19 en Mendoza y con el objetivo de garantizar el servicio esencial de justicia, es que la Suprema Corte decidió restablecer la restricción de ingreso al público general a los edificios judiciales de toda la provincia. Solo podrán ingresar los profesionales con turno y las personas que hayan sido citadas.
"Resulta necesario avanzar en medidas que importen una reducción de la cantidad de personas que transitan a diario los Tribunales de la Provincia", remarca la Acordada rubricada por todos los ministros del máximo tribunal de Mendoza.
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De esta medida quedaron exceptuados los fueros de Familia y Penal. En todos los casos se mantendrán las medidas en relación al control de temperatura corporal previas al ingreso en cada edificio, la obligatoriedad de uso de barbijo y mantener la distancia.
A su vez en la acordada se dispuso que los tribunales prioricen la realización de audiencias de manera remota y se ordenó a la Administración General un relevamiento del personal exceptuado de prestar trabajo de manera presencial, como así también que proponga un esquema de trabajo rotativo presencial y remoto para ser implementado en todos los fueros y circunscripciones.
Cabe recordar que el Ministerio Público Fiscal, a través de una resolución del Procurador General, Alejandro Gullé, resolvió disponer que los fiscales en jefe de las Unidades Fiscales así como también los encargados de Organismos Auxiliares y Dependencias de Apoyo, organicen la labor del personal a su cargo en grupos de trabajo que garanticen la rotación quincenal, en los horarios habilitados para cada modalidad de trabajo, desde hoy y hasta nueva disposición.
Es importante remarcar que para solicitar turno, los profesionales deberán hacerlo a través de la App PJM-Express (disponibles para Android e IOS).
Finalmente, la Acordada N° 29.980 insta al Presidente de la Suprema Corte de Justicia, Dalmiro Garay, a que realice las gestiones pertinentes por ante las autoridades sanitarias provinciales a fin de que se incluya al personal del Poder Judicial en el cronograma de vacunación, dado el carácter esencial del servicio, debiendo priorizarse a los empleados y funcionarios a cargo de las mesas de entradas y a los agentes que desarrollan sus tareas fuera de la sede del Tribunal (profesionales del CAI, Mediadores, Oficiales de Justicia, etc.).