Vuelos de cabotaje: cómo gestionar el permiso
Este jueves se reiniciaron los vuelos de cabotaje en todo el país. Lo cierto, es que por el momento, solo podrán subirse a los aviones quienes cumplen tareas esenciales, aquellos que realicen actividades exceptuadas o pidan un permiso especial para viajar.
En ese sentido, cada provincia cuenta con un protocolo, por lo que es esencial conocer las excepciones que cada gobierno exige.
A continuación, estos son los requisitos que se deberán cumplir en caso de querer solicitar un turno aquellos que tengan razones particulares especiales, para emprender un viaje.
¿Quién fue la primera política en arribar a la provincia tras el retorno de los vuelos?
Para ello, deberán completar en la web el Certificado Único Habilitante de Circulación - COVID19 (CUHC) con los siguientes datos.
-DNI argentino o residentes sin DNI argentino, con residencia precaria en trámite.
-Seleccionar el lugar de destino.
-Motivo del viaje: Por trabajo o permisos especiales (trámites o tratamientos médicos; trasladar hijos o hijas; asistir a familiar; ir a un evento; practicar un deporte).
Trabajos exceptuados
-Trabajador de la salud o del Estado.
-Servicio considerado esencial, medio de comunicación, personal docente o no docente en un establecimiento educativo autorizado a reanudar actividades.
-Personal de comercio, bancario, servicios financieros, mutuales o cooperativas de crédito, profesional liberal (contador, abogado), psicólogo, trabajador. industrial, deportes autorizados o casas particulares.
-Mantenimiento de infraestructura, transporte de personas y mercaderías, telecomunicaciones, obras públicas, privadas o energéticas.
-Asiste a personas menores, mayores o con discapacidad.
Desde este jueves ya no exigen aislamiento a quienes lleguen a Mendoza
-Alguna otra actividad exceptuada.
El formulario incluye
-Motivo de la circulación
-Datos personales
-Datos de contacto o domicilio personal
-Datos del transporte a usar
-Datos laborales
En ese sentido el formulario especifica que los datos que aquí se completen "reviste el carácter de Declaración Jurada, siendo el permiso emitido un instrumento público en los términos del Artículo 289 del Código Civil y Comercial de la Nación".
La detección de incongruencias, omisiones o falseamientos en aquel por parte de la Autoridad de Aplicación, dará lugar a la inmediata revocación del Certificado Único Habilitante de Circulación - COVID19 (CUHC).