El motivo por el cual el "Pity" Álvarez podría recuperar la libertad en muy pocos días
En febrero de 2018, Cristian "Pity" Álvarez será juzgado por haber asesinado a balazos a un vecino del barrio Samoré, identificado como Cristian Maximiliano Díaz. Sin embargo, recientemente trascendió que por fallo de la Cámara de Casación podría obtener la libertad.
La Sala 2 del tribunal, con los votos de los jueces Daniel Emilio Morín y Horacio Días, consideró que la prisión domiciliaria que cumple mientras continúa con su tratamiento psiquiátrico es una "medida cautelar excesiva".
En septiembre de 2021, Álvarez fue habilitado a ir a un centro terapéutico, tras pasar tres años en el pabellón psiquiátrico del Penal de Ezeiza, donde se encontraba la falsa médica Giselle Rímolo, Martín Ríos, "el tirador de Belgrano", Susana Freydoz, quien en 2012 asesinó a su esposo, el gobernador de Río Negro Carlos Soria; y por donde pasaron el ex secretario de Obras Públicas, José López, y también el ex líder de Callejeros, Patricio Fontanet.
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En ese trámite judicial, también posibilitaron la prisión domiciliaria con monitoreo electrónico y determinaron nueva fecha para el juicio en su contra para febrero de 2023. Ahora, el juez Morín señaló que "atento a las particularidades del caso", dicha medida de coerción personal "no responde a parámetros de proporcionalidad, razonabilidad y gradualidad".
"En concreto, la resolución impugnada aludió a un riesgo procesal de fuga que no se apoya en las constancias objetivas de la causa. En tal sentido, asiste razón a la defensa en cuanto a que en función del comportamiento desplegado por el imputado desde que se ha ordenado el cese de su prisión preventiva, el tribunal no ha fundado por qué se podría inferir que intentará profugarse u obstaculizar el normal desenvolvimiento del proceso", remarcó.
"La reanudación del trámite y el inicio del debate se encuentra condicionado a (...) un nuevo dictamen médico en el cual se determinará la evolución del causante en el marco del tratamiento psicoterapéutico integral dispensado y, puntualmente, su aptitud para afrontar el debate", subrayó el juez Morín y añadió: "En el caso se verificó la adopción de una medida cautelar excesiva sin fundamentación adecuada para ello".
También analizaron el tratamiento psiquiátrico, al sostener que los peritos que intervinieron indicaron "que Álvarez no puede valerse por sus propios medios y que, en tal orden, requiere de asistencia médica y/o familiar constante, lo que da cuenta de una red de contención continua que incide en el caso, que puede contribuir a neutralizar los peligros procesales apuntados".
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De este modo, los jueces de Casación resolvieron "anular parcialmente" la resolución apelada sobre la prisión domiciliaria de Álvarez y "remitir" las actuaciones al TOC 29 "a fin de que se dicte una nueva decisión ajustada a derecho, en punto a la atenuación de la medida de coerción personal dispuesta".
Fuentes judiciales confirmaron que a partir de este fallo, el tribunal oral ordenaría en las próximas horas revocar la prisión domiciliaria con monitoreo electrónico del rockero.