Exigen a los bancos no aplicar descuentos en el IFE
Desde la entidad monetaria nacional comunicaron a los Bancos que tienen "prohibido deducir del #IFE conceptos por operaciones propias o de terceros", debido a reiterados reclamos que recibieron de beneficiarios, que habían sufrido quitas por parte de los bancos en sus beneficios.
Desde el Banco Central argumentaron que el Ingreso Familiar de Emergencia es principalmente para la compra de alimentos, por lo que no corresponde realizarle ninguna quita.
"El Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), instituido mediante el Decreto 310/20 del Poder Ejecutivo Nacional, tiene carácter netamente alimentario y no corresponde deducir de ese beneficio ningún tipo de concepto, sea por operaciones concertadas con la propia entidad financiera pagadora o con terceros, tales como cuotas de préstamos otorgados con o sin código de descuento, comisiones o cargos por servicios adicionales a la cuenta contratados por el beneficiario, débitos automáticos para el pago de impuestos, servicios y otros conceptos, etc", explicaron en un comunicado desde la entidad.
Además, la Superintendencia de Entidades Financieras se encuentra analizando los reclamos y en caso de corresponder actuará dentro del marco de su competencia, labrando los sumarios y disponiendo las sanciones pertinentes.
¿Qué hacer en caso de recibir un descuento?
Los beneficiarios de las transferencias dispuestas por ANSES que detecten débitos que no corresponden deberán iniciar el reclamo en la entidad bancaria donde percibe el beneficio. Además, pueden escalar el reclamo en el BCRA, a través del link https://www.bcra.gob.ar/BCRAyVos/reportes.asp y recurrir a la Dirección Nacional de Defensa al Consumidor