Extienden la suspensión de bajas de monotributo por falta de pago
Ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante mayo, anunció hoy la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
"Con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, el organismo también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a mayo", indicó en un comunicado.
Por medio de la resolución general N°4724/2020, que será publicada en el Boletín Oficial, se extienden al mes corriente beneficios vigentes desde marzo.
La normativa establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas, pero la AFIP resolvió que mayo no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.
A su vez, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen.
"La más extendida es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. La AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en mayo para proceder con exclusiones de oficio", destacó.