Flexibilizan el cepo al dólar: quién podrá comprar a partir de ahora

La medida es para acceder solamente a los dólares financieros. También relajó otras restricciones, una de ellas, en el sector importador.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) anunció en la noche del martes que las personas que recibieron asistencia salarial del Estado durante la pandemia, o aquellos que tienen subsidios a las tarifas, podrán nuevamente comprar dólares en el mercado financiero a través de las cotizaciones MEP y Contado con Liquidación. 

Esta medida relaja el cepo al dólar parcialmente, y es parte de una serie de decisiones para remover y flexibilizar las regulaciones de acceso al mercado de cambios, con el objetivo final de eliminar completamente las restricciones, según explicaron desde el BCRA.

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En el comunicado, la entidad dirigida por Santiago Bausili indicó que "la tercera medida que adoptó el Directorio es remover las restricciones para acceder a las operaciones de dólar MEP y de Contado con Liquidación que tenían las personas humanas que habían recibido alguna ayuda del Estado durante la pandemia o que tienen un subsidio al consumo en los servicios públicos". 

Además, se explicó que "quedarán habilitados para suscribir créditos hipotecarios en pesos y acceder al dólar MEP para concretar sus operaciones inmobiliarias todas aquellas personas que estaban incluidas en esa categoría".

Se relaja el cepo al dólar. 

Flexibilización en los pagos de importaciones

Actualmente, los bienes vinculados a la energía se pagan al contado; los productos farmacéuticos, otros bienes relacionados con la atención de la salud, fertilizantes, productos fitosanitarios destinados a su elaboración local, productos de la canasta básica de consumo e importaciones oficializadas por MiPyMEs tienen acceso al Mercado Libre de Cambios (MLC) a los 30 días desde el registro de ingreso aduanero. Los bienes suntuarios y los autos terminados se abonan a partir de los 120 días del registro aduanero.

El Directorio del Central decidió este martes que, a partir del 1° de agosto, estos bienes tendrán un plazo de acceso al MLC a partir de los 90 días desde el registro de su ingreso aduanero. El resto de los productos se pagan con un esquema de cuatro cuotas por un monto equivalente al 25% del valor a contar desde los 30, 60, 90 y 120 días corridos desde su ingreso aduanero. A partir del 1º de agosto, estos bienes tendrán acceso al MLC para pagarse en dos cuotas, una a partir de los 30 días y la segunda a partir de los 60 días de su ingreso aduanero, por el 50% cada una. Este grupo representa más de la mitad del total de las importaciones.

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El BCRA explicó que esta medida tiene un doble efecto positivo: contribuye en la reactivación de la economía porque les permite a las empresas importadoras afrontar menos carga financiera y reduce el traslado a precios del mayor costo asociado a la calendarización vigente, que obligaba a aquellas empresas que no obtenían financiamiento comercial de sus proveedores a pagarles a través del mercado de cambios paralelo.

Aumento del monto no obligado a liquidar por exportación de servicios

En el marco de la normalización de la política cambiaria, el Directorio decidió también ampliar el monto exceptuado de liquidación de las exportaciones de servicios de las personas humanas residentes. La adecuación permite ahora cobrar hasta USD 24.000 por año calendario en sus cuentas locales en dólares, sin obligación de liquidarlos en el MLC. La norma anteriormente permitía sólo USD 12.000.

Estas medidas buscan no solo flexibilizar el acceso al mercado de cambios, sino también fomentar la reactivación económica y aliviar la carga financiera de las empresas importadoras, al tiempo que se facilita el acceso a dólares a personas que antes estaban restringidas por haber recibido asistencia estatal durante la pandemia.

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