¿Necesitás pedir el seguro de desempleo? La Anses amplió los alcances de la prestación
A través de la Resolución 444/2020 el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dispuso que para el trámite de solicitud de las prestaciones por desempleo serán válidas las copias acompañadas por sus solicitantes de la documentación original que, por medio de fotografía o escaneo, tendrán que ser incorporadas, con carácter de declaración jurada, al trámite electrónico". Esto siempre y cuando los datos de la trabajadora o el trabajador y del empleador sean consistentes con los registros del organismo.
Por otro lado, la resolución dispone que es pertinente autorizar a la Anses y al Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) a establecer en forma virtual todos los trámites relativos a la solicitud, acceso, opción de modalidad de pago y suspensión, de las prestaciones por desempleo.
En ese sentido habilita a pagar las prestaciones por desempleo con los medios de pago que se encuentren disponibles para esta operatoria.
Se amplía el destino del financiamiento para iniciar actividades y se podrá destinar el monto cobrado a:
- La constitución de cooperativas de trabajo
- Conformación de programas de propiedad participada,
- Constitución de empresas juveniles,
- Constitución de sociedades de propiedad de los/as trabajadores/as,
- Constitución de sociedades de hecho de hasta CINCO (5) personas humanas u otra empresa asociativa
- Formulación, presentación y ejecución de un proyecto en el marco de cualquiera de los programas o acciones de promoción de empleo independiente o asociativo administrados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Esta ampliación, a otorgar en todos los casos, consistirá en la duplicación del monto correspondiente a la prestación económica por desempleo, neto de las asignaciones familiares. El financiamiento se efectuará mediante la liquidación en un solo pago de las cuotas que aún queden por percibirse de la prestación económica por desempleo más las asignaciones familiares correspondientes, más el monto de la ampliación de la prestación".
Incapacidad Laboral
A partir de ahora la prestación por desempleo será compatible con la percepción para iguales periodos de prestaciones por Incapacidad Laboral Temporaria o Permanente Provisoria.