Nueva ley de tránsito: cambios en la Licencia de conducir, pagar peajes o hacer la RTO
El Gobierno nacional modificó la Ley de Tránsito, una normativa que llevaba casi 30 años vigentes. Las modificaciones fueron formalizadas hoy mediante el Decreto 196/2025, publicado en el Boletín Oficial.
La norma nueva trae muchos cambios que modifican la forma de conseguir la Licencia de conducir, pagar peajes o hacer la RTO.
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Licencia de conducir
Uno de los principales cambios es que la licencia nacional de conducir será digital y válida en todo el país. Para renovarla, los conductores deberán presentar un certificado de aptitud psicofísica de manera online: cada 5 años para quienes tengan menos de 65 años, cada 3 años para los mayores de 65, y anualmente después de los 70 años. En casos de infracciones graves previas, la revalidación requerirá la aprobación de un examen teórico-práctico.
Los conductores novatos deberán usar un cartel identificatorio de su condición durante los primeros 6 meses después de obtener la licencia. Si cometen infracciones graves dentro de los primeros 2 años, se les suspenderá la licencia.
Además, los cursos teórico-prácticos y los exámenes de aptitud psicofísica, necesarios para obtener la licencia, podrán realizarse de manera descentralizada por prestadores públicos o privados, siguiendo los estándares establecidos por la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Los certificados se podrán presentar online, optimizando el proceso.
Conductores profesionales de cargas generales y transporte de pasajeros Se eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). Ahora, las licencias nacionales de las clases C, D y/o E (para conductores profesionales) serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros, siempre que sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Cambios en la VTV O RTO
En cuanto a las revisiones técnicas, los vehículos nuevos de uso particular tendrán un plazo de 5 años desde la fecha de patentamiento inicial para su primera revisión. Los vehículos nuevos de uso no particular deberán someterse a la primera revisión dentro del plazo que establezca la jurisdicción local, que no podrá ser mayor a un año. Los vehículos usados de uso particular, con hasta 10 años de antigüedad, deberán realizar la revisión técnica cada 2 años, mientras que los de más de 10 años tendrán que hacerlo anualmente.Pago de peajes
Una de las principales modernizaciones es la implementación de peajes sin barreras en todas las rutas nacionales. La Dirección Nacional de Vialidad establecerá un cronograma para garantizar que, para junio de 2027, todas las rutas nacionales cuenten exclusivamente con sistemas de cobro free flow, lo que evitará la obstrucción del tránsito.
Vehículos autónomos La nueva normativa también introduce el concepto de "vehículo autónomo", estableciendo los requisitos obligatorios para los vehículos con diferentes niveles de automatización.
Qué dice la ley sobre trailers y casas rodantes
Los trailers y casas rodantes de categoría O1 (acoplados, remolques y trailers para transportar equipaje, pequeñas embarcaciones deportivas o elementos recreativos de hasta 750 kilos) podrán ser trasladados por cualquier vehículo con un solo Certificado de Seguridad Vehicular (CSV), lo que reducirá costos, ahorrará tiempo a los usuarios y disminuirá la burocracia.